Los cómputos municipales, donde habrá la petición del voto por voto serán Centla, Teapa, Jalapa y Jonuta, donde la diferencia oscila entre el medio punto y cuatro puntos porcentuales.
MIÉRCOLES 04/JULIO/2012
VILLAHERMOSA, TABASCO, MÉXICO
REMIGIO ARTURO LÓPEZ
Balancannoticias.blogspot.com
Un total de cuatro alcaldías, así como los distritos V, VI, XIV y XV para diputados locales, serán motivo de tensión, y en los ocho casos los partidos, cuyos votos les fueron adversos, pedirán el voto por voto, aunque esto será debatido al seno de los órganos electorales.
Los cómputos municipales, donde habrá la petición del voto por voto serán Centla, Teapa, Jalapa y Jonuta, donde la diferencia oscila entre el medio punto y cuatro puntos porcentuales.
En Teapa, donde la ventaja es del PRI, pero por escasos 117 sufragios, con el 100 por ciento de las casillas, por lo que aquí el PRD buscará abrir los paquetes y detectar las inconsistencias.
Así también, en Jonuta, será un conteo tenso, por el hecho de que la diferencia del PRI es de solo 701 votos con el 95.12 por ciento de los paquetes electorales contados; y lo mismo pasa en Jalapa, donde la diferencia es de 647 sufragios, también para el tricolor, con el 100 por ciento de las casillas contabilizadas.
Competencia muy cerrada
En cuanto al cómputo de los consejos distritales, donde existe la petición del voto por voto, es principalmente en el Distrito XIV de Cunduacán, donde la diferencia es a favor del PRD por escasos 604 sufragios de margen, es decir, 1.13 puntos porcentual.
Además, también se buscará llegar a revisar en los distritos V de Centla, donde el PRD tiene una ventaja de 5.63 puntos porcentuales, con dos mil 121 votos de diferencia, cuando aún han contabilizados con el 81.96 por ciento de las casillas; lo mismo sucede en el VI, de Centro, donde el PRD aventaja con 3.92%, con dos mil 62 votos de diferencia, y con el 89.54 por ciento de paquetes contados; y en el XV, de Emiliano Zapata, la del PRI es de 4.07%, o sea, dos mil 54 de diferencia, que no llega al punto porcentual, pero en ninguno de los casos existe contabilizada el 100 por ciento de las actas en el PREPET.
De acuerdo con la Ley Electoral del Estado de Tabasco, indica claramente que debe existir una diferencia de un punto porcentual de diferencia para que proceda el recuento total, pero también aplica otros criterios a considerar con las inconsistencias en actas, que los votos nulos sea mayor que el de la diferencia y que no correspondan el número de boletas extraídas de las urnas o inutilizables con las expedidas en la casilla.
“Ahí dependerá mucho del criterio de los consejeros municipales y distritales para determinar en cuales casos procede el recuento total o parcial”, expuso el doctor en Derecho Constitucional, Mario Alberto Gallardo García.
Los resultados del Programa de Resultados Electorales Preliminares del Estado de Tabasco (PREPET) arrojaron las tendencias de las elecciones del domingo, pero salvo en algunos casos, el margen de diferencia oscila entre uno y cinco puntos porcentuales de los sufragios, haciendo ya la sumatoria total de los partidos y sus aliados, pero sin el 100 por ciento de las casillas computadas, por lo que al hacerse el recuento de las actas y, en los casos que lo amerite de los votos, el resultado podría modificarse.
Sesiones, hasta concluir conteo
Los 17 consejos municipales y 18 distritales del IEPCT, que se encuentran situados en cada una de las demarcaciones y cabeceras de distrito, comenzarán a sesionar a partir de hoy a las 8 de la mañana, de forma ininterrumpida, que concluirá con la entrega de las constancias de mayoría y validez de la elección a los candidatos a alcaldes y diputados que hayan obtenido más votos.
Los consejos municipales recuentan las actas y abren los paquetes donde existan inconsistencias, en el caso de la elección de regidores, y presidentes municipales, en tanto que las distritales lo hacen en los comicios de gobernador y diputados al Congreso Local.
Una vez que concluyan estos cómputos, el próximo domingo 8 de julio, tendrá que realizarse el cómputo estatal de la elección de gobernador, y para la asignación de Diputados y Regidores por el Principio de Representación Proporcional.