Impone penas de uno a cinco años de prisión adicionales a las sanciones que ya se fijan.
VIERNES 03/ABRIL/2009
MÉXICO, D.F.
AGENCIAS
Balancan.com
La federalización de los delitos contra periodistas fue aprobada por unanimidad por la Cámara de Diputados, a fin de proteger el ejercicio de la libertad de expresión y garantizar la investigación de agresiones contra los informadores y medios de comunicación impunes, las más de las veces.
El decreto aprobado por los diputados fue turnado al Senado para su revisión y votación, y con ello se alcanza una meta de más de 20 años de esfuerzo por parte de organizaciones gremiales, que han pugnado por fortalecer la libertad de expresión.
Este jueves, el pleno de los diputados aprobó adiciones al Código Penal Federal que imponen penas de uno a cinco años de prisión adicionales a las sanciones que se fijan para los delitos penales ya establecidos.
“Las mafias locales ya no podrán detener investigaciones por delitos cometidos contra periodistas”, dijo en tribuna el presidente de la Comisión de Seguimiento a Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación, Gerardo Priego.
Subrayó que México ha sido declarado como el segundo país más riesgoso para ejercer el periodismo, después de Iraq, con una impunidad casi absoluta de parte de los agresores, que en gran parte ostentan cargos públicos locales. Esa fuente de ataque a la Prensa gana el primer lugar al crimen organizado, anotó en entrevista.
Las adiciones al Código Penal Federal ordenan que será de competencia federal, el caso de un delito penal que se cometa “con el propósito de impedir, interferir, limitar o atentar contra la actividad periodística”.
En el mismo artículo 430 del ordenamiento legal se establece, por agredir a un periodista o medio de comunicación, la pena adicional de uno a cinco años al castigo por un ilícito del fuero común. Habrá multa de 100 a 500 días multa. En caso de que los culpables sean servidores públicos, los castigos aumentarán una mitad.
Para dar claridad a la federalización de los delitos contra periodistas, se incluye una definición de actividad periodística y se protege la tarea de informar profesional, como la esporádica y no remunerada.
Las bancadas plantearon su posición sobre esta legislación, que se obtiene por consenso de las bancadas, en un marco de violencia del crimen organizado que ha cobrado la vida o desaparición de periodistas, así como ataques a instalaciones de periódicos, estaciones de radio y televisión, con violencia extrema caracterizada por el uso de granadas y armas de asalto.
VIERNES 03/ABRIL/2009
MÉXICO, D.F.
AGENCIAS
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La federalización de los delitos contra periodistas fue aprobada por unanimidad por la Cámara de Diputados, a fin de proteger el ejercicio de la libertad de expresión y garantizar la investigación de agresiones contra los informadores y medios de comunicación impunes, las más de las veces.
El decreto aprobado por los diputados fue turnado al Senado para su revisión y votación, y con ello se alcanza una meta de más de 20 años de esfuerzo por parte de organizaciones gremiales, que han pugnado por fortalecer la libertad de expresión.
Este jueves, el pleno de los diputados aprobó adiciones al Código Penal Federal que imponen penas de uno a cinco años de prisión adicionales a las sanciones que se fijan para los delitos penales ya establecidos.
“Las mafias locales ya no podrán detener investigaciones por delitos cometidos contra periodistas”, dijo en tribuna el presidente de la Comisión de Seguimiento a Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación, Gerardo Priego.
Subrayó que México ha sido declarado como el segundo país más riesgoso para ejercer el periodismo, después de Iraq, con una impunidad casi absoluta de parte de los agresores, que en gran parte ostentan cargos públicos locales. Esa fuente de ataque a la Prensa gana el primer lugar al crimen organizado, anotó en entrevista.
Las adiciones al Código Penal Federal ordenan que será de competencia federal, el caso de un delito penal que se cometa “con el propósito de impedir, interferir, limitar o atentar contra la actividad periodística”.
En el mismo artículo 430 del ordenamiento legal se establece, por agredir a un periodista o medio de comunicación, la pena adicional de uno a cinco años al castigo por un ilícito del fuero común. Habrá multa de 100 a 500 días multa. En caso de que los culpables sean servidores públicos, los castigos aumentarán una mitad.
Para dar claridad a la federalización de los delitos contra periodistas, se incluye una definición de actividad periodística y se protege la tarea de informar profesional, como la esporádica y no remunerada.
Las bancadas plantearon su posición sobre esta legislación, que se obtiene por consenso de las bancadas, en un marco de violencia del crimen organizado que ha cobrado la vida o desaparición de periodistas, así como ataques a instalaciones de periódicos, estaciones de radio y televisión, con violencia extrema caracterizada por el uso de granadas y armas de asalto.
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