La ley prevé multas de 12 mil a 16 mil salarios mínimos (de 689 mil a 919 mil pesos) a quienes hagan caso omiso de las prohibiciones para la venta y publicidad de alimentos chatarra en escuelas.
DOMINGO 07/NOVIEMBRE/2010
EMILIANO ZAPATA, TABASCO, MÉXICO
ROBERT RODRÍGUEZ DOMÍNGUEZ
NOVEDADES DE TABASCO/Corresponsal
Balancannoticias.blogspot.com
Mientras que el Senado de la República aprobó la llamada Ley Antiobesidad sin prohibir el consumo de alimentos chatarra en el interior de las escuelas; en la reforma sólo se restringió la venta y la publicidad dentro de los planteles, debido a que los alumnos de las escuelas de la Región de Los Ríos dentro y fuera de los edificios consumen golosinas y alimentos chatarra.
DOMINGO 07/NOVIEMBRE/2010
EMILIANO ZAPATA, TABASCO, MÉXICO
ROBERT RODRÍGUEZ DOMÍNGUEZ
NOVEDADES DE TABASCO/Corresponsal
Balancannoticias.blogspot.com
Mientras que el Senado de la República aprobó la llamada Ley Antiobesidad sin prohibir el consumo de alimentos chatarra en el interior de las escuelas; en la reforma sólo se restringió la venta y la publicidad dentro de los planteles, debido a que los alumnos de las escuelas de la Región de Los Ríos dentro y fuera de los edificios consumen golosinas y alimentos chatarra.
El nutriólogo Orlando Méndez, afirmó que de haberse prohibido el consumo en los colegios se habría generado un verdadero cambio en los hábitos alimenticios de la población infantil, sin embargo “he observado a estudiantes de este municipio y sus alrededores, que reinciden y continúan consumiendo golosinas, alimentos chatarra, que ponen en riesgo su salud”, indicó el especialista.
Por su parte el cardiólogo Orlando Enrique Martínez, catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México, de visita en esta ciudad mencionó al respecto que sin ese elemento se trata de una reforma “incompleta” y que de nada va a servir. La ley prevé multas de 12 mil a 16 mil salarios mínimos (de 689 mil a 919 mil pesos) a quienes hagan caso omiso de las prohibiciones para la venta y publicidad de chatarra en escuelas, sin embargo nadie ha sido sancionado.
Cabe señalar que la reforma establece que deberán instalarse bebederos en escuelas, cuyo servicio será gratuito y se garantizará que funcionen con filtros y agua potable. Además, que se privilegie la realización de actividades físicas. En la información al consumidor, los productos deberán contener datos de su valor nutricional, contenido calórico, ácidos grasos, saturados, ácidos grasos translípidos, colesterol, contenido energético, sodio, hidratos de carbono, fibra dietética, azúcares y edulcorantes; deberán mencionarse los ingredientes que se hayan utilizado en cada tipo de presentación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario